Gobierno anuncia alivios tributarios para afectados por el terremoto: estas son las medidas

Ago 12, 2026

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Mientras Colombia continúa atendiendo la emergencia provocada por el terremoto de magnitud 7,4 que sacudió al país el pasado 10 de agosto, el Gobierno Nacional anunció una serie de medidas tributarias transitorias para aliviar la presión económica de los contribuyentes ubicados en las zonas directamente afectadas.

La decisión busca dar un respiro a personas naturales, empresas y responsables de obligaciones tributarias que, en medio de la emergencia, enfrentan pérdidas materiales, interrupción de actividades económicas, desplazamientos y dificultades para cumplir sus compromisos con la administración tributaria.

La DIAN confirmó este miércoles la modificación temporal de determinados vencimientos y la suspensión de términos aduaneros en las regiones afectadas.

No se eliminan los impuestos

Uno de los puntos que debe quedar claro para los ciudadanos es que el Gobierno no está condonando el impuesto de renta.

Lo que se modifica son los plazos para declarar y pagar determinadas obligaciones.

Es decir, quienes estén cobijados por la medida tendrán más tiempo para cumplir con sus obligaciones, pero el impuesto que corresponda seguirá existiendo.

La decisión pretende evitar que una persona que acaba de perder su vivienda, su negocio, sus documentos o sus fuentes de ingreso tenga que concentrarse inmediatamente en cumplir un vencimiento tributario.

El ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez, explicó que quienes están atendiendo una emergencia de esta magnitud no se encuentran en condiciones normales para cumplir sus obligaciones en las fechas inicialmente previstas.

¿A quiénes cobija la medida?

La modificación está dirigida a contribuyentes que tenían domicilio fiscal, al 10 de agosto de 2026, en municipios pertenecientes a las jurisdicciones de las direcciones seccionales de la DIAN ubicadas en las zonas afectadas.

Entre las jurisdicciones incluidas aparecen:

  • Cali
  • Palmira
  • Tuluá
  • Buenaventura
  • Pereira
  • Armenia
  • Manizales
  • Quibdó
  • Popayán

La medida tiene carácter transitorio y está relacionada con los territorios incluidos dentro de la emergencia ocasionada por el sismo.

Por eso es importante que cada contribuyente verifique si su municipio y su situación fiscal están efectivamente incluidos.

Se modifican los vencimientos de renta

Uno de los principales alivios está relacionado con la declaración y pago del impuesto sobre la renta de personas naturales correspondiente al año gravable 2025.

El calendario tributario nacional comenzaba a tener vencimientos desde agosto.

Para los contribuyentes cobijados por la medida, esos vencimientos serán trasladados a nuevas fechas.

Los nuevos plazos se determinarán teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT, sin incluir el dígito de verificación.

Esto significa que no todos los contribuyentes tendrán exactamente la misma nueva fecha.

La fecha dependerá de la terminación correspondiente del NIT.

¿Y quienes ya habían declarado o pagado?

La modificación del calendario también genera una pregunta entre los ciudadanos:

¿Qué ocurre con quienes ya cumplieron su obligación antes del aplazamiento?

El cambio de calendario no significa que esas declaraciones o pagos realizados anteriormente pierdan validez.

El alivio está diseñado principalmente para quienes todavía tenían obligaciones pendientes de cumplir dentro de los plazos afectados por la emergencia.

Por eso, quienes ya presentaron y pagaron su declaración no deberían interpretar la modificación como una obligación de volver a realizar el trámite.

También se suspenden términos aduaneros

Las medidas no se limitan exclusivamente al impuesto de renta.

El Gobierno también estableció disposiciones relacionadas con los términos de determinados trámites y obligaciones aduaneras en las zonas afectadas.

La finalidad es facilitar las operaciones de comercio exterior que puedan haberse visto afectadas por el cierre de vías, daños en infraestructura, dificultades logísticas y restricciones derivadas de la emergencia.

Esto puede tener especial importancia para empresas que dependen de mercancías que ingresan o salen del país.

Un alivio para quienes perdieron su fuente de ingresos

Para una familia damnificada, el problema tributario es apenas una parte de una crisis mucho más grande.

Hay personas que perdieron su vivienda.

Comerciantes que perdieron sus locales.

Empresarios que tienen establecimientos cerrados.

Trabajadores que no pueden regresar a sus puestos.

Y familias que ahora deben destinar sus recursos a alimentación, alojamiento, medicamentos y reconstrucción.

En ese contexto, el aplazamiento tributario puede representar un alivio de corto plazo.

Pero también deja abierta una pregunta:

¿Será suficiente?

El Gobierno prepara medidas económicas más amplias

El alivio tributario hace parte de un paquete de medidas que el Gobierno ha venido anunciando para enfrentar las consecuencias económicas de la emergencia.

El presidente Abelardo de la Espriella anunció una emergencia económica para facilitar la respuesta estatal y la reconstrucción de las zonas afectadas.

Dentro de las medidas anunciadas aparecen también subsidios de arrendamiento, apoyo a familias damnificadas, asistencia a comerciantes y recursos para la reconstrucción.

El Gobierno también anunció la creación del denominado Fondo Milagro, que tendría como propósito canalizar recursos nacionales e internacionales destinados a la recuperación.

Estas decisiones deberán ser seguidas de cerca porque implican recursos públicos importantes y tendrán que estar sometidas a los controles correspondientes.

El reto: que el alivio realmente llegue al damnificado

El anuncio tributario es importante, pero no resuelve por sí solo la situación de miles de familias.

Una persona que perdió su vivienda probablemente necesita primero un lugar donde dormir.

Un comerciante necesita recuperar su negocio.

Una familia necesita alimentación.

Un municipio necesita restablecer agua potable, vías, energía y servicios de salud.

Y posteriormente llegará la etapa de reconstrucción.

Por eso, el verdadero desafío para el Gobierno será conseguir que los anuncios se conviertan rápidamente en ayudas concretas para los damnificados.

¿Qué deben hacer los contribuyentes?

La recomendación es no asumir que todos los colombianos afectados por el terremoto tienen automáticamente el mismo beneficio.

Cada persona debe verificar:

  1. Si su domicilio fiscal estaba ubicado en uno de los municipios cobijados.
  2. Si la obligación tributaria está incluida dentro de las que tienen nuevo plazo.
  3. Cuál es la nueva fecha que corresponde según los dos últimos dígitos de su NIT.
  4. Si tiene obligaciones de retención u otras responsabilidades afectadas por la medida.
  5. Las instrucciones oficiales de la DIAN antes de realizar cualquier trámite.

La propia DIAN publicó la información oficial sobre las modificaciones.

El alivio tributario es apenas el comienzo

Colombia enfrenta ahora una de las etapas más difíciles después del terremoto: pasar de la emergencia a la reconstrucción.

El aplazamiento de impuestos puede dar un poco de oxígeno a los afectados.

Pero detrás de cada contribuyente hay una historia.

Hay familias que perdieron sus casas.

Empresas que perdieron infraestructura.

Comerciantes que vieron desaparecer en minutos años de trabajo.

Y trabajadores que no saben cuándo podrán volver a producir.

Por eso, el debate que comienza ahora no será solamente sobre impuestos.

Será sobre cuánto costará reconstruir Colombia, de dónde saldrán los recursos y cómo se garantizará que cada peso destinado a la emergencia llegue realmente a quienes lo necesitan.

Y allí estará uno de los grandes retos para el Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella: convertir los anuncios de emergencia en resultados visibles para las familias que hoy todavía duermen fuera de sus casas y esperan recuperar sus vidas.

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