Por: Jorge Vergara Carbó

El reciente fallo arbitral (12 de marzo) por parte del Centro internacional de arreglo de diferencias relativas a inversiones del Banco Mundial con sede en la ciudad de Washington “CIADI” entre las firmas españolas Naturgy  Energy Group S.A y  Naturgy Electricidad Colombia               contra el gobierno colombiano, termino con sabor a empate, ya que tanto la tesis expuesta por las firmas españolas como la del gobierno colombiano fueron negadas, al no encontrar los jueces argumentos valederos para aceptar sus tesis.

Los españoles argumentaron ante la “CIADI” lo siguiente:

  1. Violación al acuerdo entre el Reino español y la República de Colombia para la “promoción y protección recíproca de inversiones de 31 de marzo de 2005” Entre ellos “Trato Justo y Equitativo(TJE)”, “Seguridad y Protección Plena(PSP)”, “Nación más Favorecida” y “Disposición Relativa a la Expropiación”
  2. Por la falta de acción o inactividad regulatoria, llevó a Electricaribe a un precipicio financiero al no incrementar las tarifas oportunamente en el 2015.
  3. Por aprovechar un momento político oportuno para “expropiar” sus acciones en una forma ilegal,
  4. Por no aplicar en su momento el plan de acción 2014
  5. Por pagos atrasados de los subsidios
  1. Impago de las deudas de entidades públicas y barrios subnormales.
  2. Por las pérdidas por robo y fraude de electricidad.
  3. Por los fallos del Consejo de Estado y la Corte Constitucional sobre la prestación del servicio.
  4. Por intimidación a sus empleados en el cumplimiento de su deber(corte y cuadrillas antifraude)

Basado en los argumentos expuestos pide como indemnización lo siguiente:

  1. Pago de US$1.090,9 millones
  2. Pago de US$210,1 millones, por las deudas de los subnormales, entidades públicas y los subsidios.
  3. Pago de US$9.2 millones en daños equivalentes por préstamo a terceros
  4. Reconocer una tasa de interés anual del 6%, para el pago de las indemnizaciones.
  5. Pagar  US$11.2 millones, por los gastos incurridos en el proceso sin incluir los pagos a la CIADI y las costas por US$1.5 millones.

La suma a la que aspiran es de US$1.321.4 millones más los intereses y  el pago a la CIADI. De donde se desprende la cifra a precio de hoy del dólar de $4,7 billones.

Por su parte el gobierno colombiano representado en el juicio por la Oficina de Defensa Jurídica, no solo presento los argumentos para rebatir la tesis de los españoles, sino que también solicito una indemnización por el daño que se le causo a los usuarios de Electricribe , así :

  1. Le adjudique la suma de US$514.08 millones, más los intereses aplicables.
  2. Desestime todas las reclamaciones de los españoles por falta de jurisdicción o en su defecto en el fondo
  3. Conceda las reconvenciones de la demanda.
  4. Adjudique a los españoles el pago de los gastos incurridos en el proceso de US$4.4 millones, más los gastos de las costas US$1.5 millones, sin incluir los pagos a la CIADI .

Ante los hechos expuestos por cada una de las partes el Tribunal de Arbitramento fallo así:

  1. Se desestiman todas las reclamaciones del demandante en cuanto  a las violaciones al tratado
  2. El Tribunal carece de jurisdicción sobre las reconvenciones de la demandada
  3. Cada parte asumirá sus propios gastos de representación y asistencia jurídica
  4. Los costos del arbitraje de US$1.5 millones,  serán prorrateados igualmente por las partes.

El fallo del Tribual significa a nuestro juicio, que en este conflicto no hubo ganadores, debido a que los argumentos presentados por ambas partes no fueron acogidas por los jueces que integraron el Tribunal de Arbitramento. La diferencia se da en lo estimado por cada uno como indemnización, mientras los españoles pretendían $4.7 billones, Colombia aspiraba a $1.8 billones.

La  cifra que solicito el país en la demanda estaba  muy por debajo a la invertida realmente por  el gobierno colombiano para que Electricaribe siguiera funcionando hasta entregársela a un nuevo operador, de aproximadamente $5 billones, monto que ha debido solicitar el gobierno colombiano a la CIADI, y no el que presento de $1.8 billones. 

Lo anterior quiere significar que el laudo termino en que cada una de las partes es una parte vencida. No hubo ganador. Ni diferencia significativa de las partes.

En el juicio el Tribunal considero que no hubo violación al tratado del 2005, firmado por el gobierno español  en el mandato del presidente Álvaro Uribe Vélez, igualmente considero que el estado Colombiano no podía presentar reconvenciones sobre la demanda de los españoles.

Lo que llama la atención en la sentencia (pág 82, literal 205) es la afirmación por parte del gobierno colombiano “de que los españoles carecen de fundamento para reclamar la intervención y supuesta expropiación de sus acciones, ya que la intervención no los ha privado de sus derechos-ni de propiedad-ni de control en la compañía” 

El gobierno  de Colombia, por otra parte sostiene “que los españoles mantienen la propiedad de las acciones de Electricaribe y, por lo tanto, no pueden basar las reclamaciones de intervención en una privación del derecho de propiedad. 

Continúa el gobierno colombiano, afirmando que “el perjuicio de los españoles es relativamente limitado, dado que Colombia proporcionará a las firmas demandantes, su parte de cualquier producto que se reciba de la venta de la compañía en virtud de su liquidación”(pág 105-literal 260)

 Estas afirmaciones por parte de la defensa del equipo jurídico de Colombia, implica que el gobierno no desconoce la propiedad en cabeza de Naturgy de las acciones de Electricaribe y que por lo tanto tiene derecho a recibir el porcentaje de su propiedad (85.38%) de la venta que se le hiciera a las empresas Air-e y AFINIA,  cuyo valor de venta desconocemos, sin justificación alguna pero que podemos estimar en  US$80 millones, por los activos y mercados de Atlántico, Guajira y Magdalena y unos US$ 112 millones, por los mercados de Bolívar, Córdoba, Cesar y Sucre, para un total de US$192 millones.

Estos planteamientos fueron tenidos en cuenta por el Tribunal de la CIADI, para su toma de decisiones ya que fueron argumentos de la defensa para demostrar que la intervención no fue una expropiación de las acciones de Naturgy .

Con base a lo anterior, nos permitimos pedirle  a la AGENCIA JURIDICA DEL ESTADO, que les explique a los colombianos el alcance de sus afirmaciones, porque a simple vista ello significaría que Naturgy, recibiría US$163.9 millones, como parte de la liquidación(Air-e-Afinia),faltando la valoración total, a sabiendas que el gobierno se gastó en la recuperación de la empresa  la suma de US$1.314 millones. 

Nuestra posición siempre fue, que la “intervención” fue un mal negocio para el país, a pesar de que jurídicamente se podía justificar, pero la realidad era que los señores de Naturgy se iban a declarar en quiebra por la situación financiera de la empresa y el continuo deterioro de sus índices de gestión. Ellos no estaban dispuestos a invertir recursos frescos en esa empresa para seguir perdiendo plata. Por lo que terminarían entregándole la empresa al gobierno colombiano sin costo alguno.

Esa decisión nos llevó a un pleito de cuatro años, donde invertimos en el juicio US$5.4 millones, y estuvimos a punto de perder  US$1310.2 millones, e invertimos en la empresa para garantizar la prestación del servicio US$1.314  millones, para recibir por la venta US$192 millones. Lindo negocio el que hicimos y continuamos con un mal servicio de energía eléctrica en el caribe Colombiano.

¿Señores de la Agencia Jurídica del Estado, cuál fue el triunfo del país, en esa demanda, si nos negaron la cifra que pedíamos de US$514 millones y ahora tenemos que pagarle a NATURGY US$163.9?

 El país espera su respuesta. Al igual que esperamos  conocer el valor de la venta de Electricaribe.