Se trata de una madre cabeza de familia que en el departamento del Tolima se reintegrará a su hogar y desempeñará labores de apoyo a proyectos comunitarios de desarrollo social en huertas comunitarias, así como en temas de conservación ambiental, aprovechando su potencial para sostener a sus hijos que estaban a la deriva. Todo esto en cambio de estar en la cárcel sin hacer nada en el día a día. Este sustituto se concede por decisión del juez que aplicando por primera vez la ley de utilidad pública valoró la conducta y comportamiento de la privada de la libertad y a cambio ella asume unos compromisos especiales que deberá cumplir al pie de la letra.
Concesión de Servicio de Utilidad Pública:
El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, Tolima, concedió a una mujer privada de la libertad la figura de servicio de utilidad pública, permitiéndole cumplir su condena por hurto a través de un plan de trabajo comunitario de 18 horas semanales, de lunes a viernes.
Criterios para la Concesión:
El juez de ejecución de penas evaluó las condiciones de la beneficiaria, una madre cabeza de familia, para conceder la figura, exigiendo demostrar vínculos familiares y la responsabilidad afectiva, económica y social de manera permanente sobre hijos menores o personas con discapacidad.
Obligaciones y Supervisión Judicial:
La condenada deberá cumplir obligaciones adicionales, como comparecer personalmente a la autoridad judicial, permitir visitas de servidores públicos del INPEC y abstenerse de participar en actos delincuenciales, demostrando buena conducta. Este enfoque busca integrar a mujeres cabeza de familia en proyectos comunitarios, como huertas comunitarias, conservación ambiental y promoción de convivencia.
Impacto en el Sistema Judicial:
Esta decisión marca un hito en el sistema judicial, siendo el primer caso en el que una mujer puede sustituir efectivamente la privación de libertad por contribuciones comunitarias, alineándose con la legislación contenida en la Ley 2292 de 2023