Articulo (#1657669): Carcel por venta de votos. Descripcion:

Más alla de un problema ético y especialmente, moral, es ilegal en el ejercicio democratico

Ante lo anterior, hay que comunicar que
El Consejo General del IFE es una de las autoridades que enseña la razón indebida de la compra y venta, ya que viola la «libertad del sufragio».

Para citar a personalidades, el Obispo de Saltillo Raúl Vera, expresó que «No vendan su voto, es una cuestión moral, cuando se llega a un puesto de elección por medio de corrupción, la corrupción va a estar ahí».

Asimismo dijo El exconsejero electoral del IEDF, Eduardo Huchim en un reciente artículo da un argumento diferente.
«la compra y coacción del sufragio implica lucrar con la pobreza la democracia».

Además, aquí hay dos argumentos.

1) Es que quien compra el voto discrimina a las personas por su condición socioeconómica. Se compran votos de quienes son pobres para hacerse del poder. Se lucra de una condición de por sí ya indeseable que es la pobreza.

2) La democracia en general, baja de calidad, pierde valor si un voto se compra. No nos dice más Huchim, pero da rastros de cómo un evento individual tiene efectos colectivos sobre toda la democracia.


Para Ciro Murayama, miembro del comité técnico asesor del PREP vender el voto, «Es una conducta reprochable pero al a que el ciudadano accedió al hacer de su voto una mercancía». Aquí, se asume el voto como un asunto individual, sobre el cual, la forma en la que se usa sólo genera un posible beneficio o daño al «vendedor», pues accede a convertirlo en «mercancia» aunque se infiere que no lo es. Este argumento contrasta con el resto, donde de manera explícita (en particular la del IFE), la idea de que cada voto, y por tanto el derecho de cada persona a emitir su voto, es parte de un objetivo colectivo. La implicación de esto, no es menor pues lleva a concluir que el voto sólo pertenece de manera parcial al individuo, ya que se espera que nuestra voluntad al emitirlo produzca beneficios colectivos y no sólo beneficios individuales.
El «espíritu» de la ley, también parece ir en el sentido «colectivo» de cada voto. Si la emisión del voto fuera absolutamente «propiedad» del individuo que lo emite, entonces no habría una restricción a venderlo. En contraste con la prohibición de la coacción del voto, que pretende garantizar el mayor número de opciones sobre cómo decide emitir su voto cada persona, la prohibición a venderlo lo que hace es limitar las opciones del individuo de cómo decide su voto.
Esto quiere decir, que los argumentos (y leyes) que suelen haber en contra de la compra y venta de votos, están basados en una idea de la democracia en el que la decisión del sentido del voto debe ser en parte colectiva. La prohibición a venderlo no está basada en el daño a terceros (o externialidades) como se argumenta acá, sino en una idea de lo que es poder ejercer los derechos que nos permiten pertenecer plenamente a una comunidad. Quien compra un voto, sabiendo que quien lo vende lo hace empujado por una necesidad (¿y qué es necesidad?) lo que hace es despojar, de hecho, de plena ciudadanía a quienes por ley son ciudadanos.