Al parecer, Édgar Muñoz Torres, omitió garantizar el complemento alimentario a la población estudiantil desde el inicio del año escolar.

La Procuraduría General de la Nación formuló cargos al alcalde de Pitalito, Huila, Edgar Muñoz Torres (2020-2023), porque, al parecer, omitió garantizar la prestación del servicio de alimentación escolar desde el inicio de clases, es decir, a partir del 24 de enero de 2022, toda vez que la misma solo se materializó hasta el 28 de marzo de 2022.

Al parecer, durante nueve semanas lectivas se habría afectado a una población estudiantil conformada por 11.546 niños, niñas y adolescentes inscritos en matrícula oficial, a quienes no se les habría permitido el acceso integral al derecho a la educación como lo ordena el Gobierno Nacional.

En el auto, la Procuraduría señaló que no obstante se suscribió el respectivo proceso contractual para la prestación del Programa de Alimentación Escolar (PAE), el mismo no tuvo los efectos esperados, dado que el servicio con ración preparada en sitio, en las 80 sedes de las instituciones educativas, resultó tardío.

El Ministerio Público recalcó que los entes territoriales tienen el deber de adelantar los trámites para comprometer vigencias futuras cuando haya lugar, con el fin de asegurar la continuidad y la progresividad de la alimentación escolar en busca de generar el más óptimo desarrollo intelectual de los niños y las niñas del país.

El ente de control precisó que como alcalde, Muñoz Torres tenía la función de cumplir los decretos que expidiera el Gobierno Nacional “con el fin de lograr la prestación de los servicios que se le encomendaran de manera eficiente y eficaz, en procura de salvaguardar el interés general y cumplir de esta manera con los fines esenciales del Estado”.

La supuesta conducta del investigado fue calificada provisionalmente por la Procuraduría Provincial de Instrucción de Garzón como grave a título de culpa gravísima.

Los sujetos procesales podrán presentar descargos y/o solicitar o aportar las pruebas que consideren necesarias para la defensa durante la etapa de juzgamiento.