La base poblacional de tres de los grupos más vulnerables a los impactos climáticos, como adultos mayores, personas con discapacidad y niñas, niños y adolescentes, constituye el 45% de la población nacional; son comunidades que, al estar expuestas, podrían desplazarse forzada e involuntariamente.

Para el 2022, 281.000 personas se desplazaron por situaciones de carácter climático en el país. En 2023, cerca de cinco mil familias fueron incluidas en procesos de reasentamiento por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), a causa de afectaciones por la materialización de desastres naturales.

El Defensor del Pueblo llama la atención sobre la necesidad de identificar los riesgos asociados a las cuestiones climáticas en las comunidades, como también sobre el imperativo de iniciar el registro y evaluación de la problemática y definir políticas, estrategias y lineamientos para su prevención y atención.

Para la Defensoría del Pueblo, los riesgos de los efectos e impactos del cambio climático y de los fenómenos extremos del clima repercuten sobre el goce pleno y efectivo de los derechos humanos de las comunidades, y son una causa de eventos de movilidad humana.

“Por eso, la Sentencia T-123 de 2024 proferida por la Corte Constitucional, la cual reconoce que el desplazamiento forzado interno se origina también por factores ambientales, incluidos hechos asociados al cambio climático, constituye un hito a nivel internacional y posiciona a Colombia como nación pionera que dicta decisión en la materia”, destaca el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis.

El Defensor recuerda que, si bien la problemática de los ‘migrantes o desplazados climáticos’ ya ha sido identificada, no son oficialmente reconocidos, lo que dificulta su atención y protección. Es necesario, en consecuencia, asegura Camargo Assis, “identificar los riesgos asociados a las cuestiones climáticas sobre las comunidades, dar inicio al registro y evaluación de la problemática y definir políticas, estrategias y lineamientos para su prevención y atención”.

Los efectos del cambio climático y de los fenómenos climáticos extremos son una de las mayores amenazas de los últimos años sobre los derechos humanos y colectivos. La Defensoría del Pueblo ha identificado la vulneración de los derechos a la vida, a la salud, al trabajo, a la educación, a la vivienda digna, a gozar de un ambiente sano, al espacio público, a la prevención de desastres, a la libre locomoción, a la seguridad alimentaria y al acceso al agua.

Datos que llaman la atención

El Centro Internacional de Monitoreo de Desplazamiento estimó que en Colombia hubo 281.000 desplazamientos individuales internos a causa de cuestiones climáticas solo para el año 2022, constituyendo en una cifra récord.

«Para el año 2023, 4956 familias, unas 14.620 personas aproximadamente, fueron incluidas en procesos de reasentamiento por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, debido a afectaciones derivadas de la materialización de desastres naturales en el territorio nacional”, indica el Defensor del Pueblo.

La base poblacional de tres de los grupos más vulnerables a los impactos climáticos (adultos mayores, personas con discapacidad y niñas, niños y adolescentes) constituye aproximadamente el 45% de la población colombiana. Estas comunidades se encuentran expuestas, lo que podría derivar en la necesidad de desplazarse forzada e involuntariamente.

El mapa de riesgo por afectaciones del fenómeno La Niña contempló el 52% de los municipios del país; para el fenómeno El Niño, el 43%, y el 72% de los municipios ha sido afectado en los últimos cinco años como consecuencia de la materialización de algún tipo de desastre natural relacionado con el agua, confirmando la amenaza a la que se enfrenta gran parte del territorio colombiano.

El informe en construcción de la Defensoría

“Como entidad garante de derechos humanos, estamos elaborando un estudio de los efectos e impactos climáticos sobre el fenómeno de la movilidad humana en Colombia, con la finalidad de establecer una serie de recomendaciones a las entidades del Estado para que sea garantizada su adecuada identificación, caracterización, prevención y atención”, señala Carlos Camargo Assis.

Como hallazgos preliminares, se ha identificado que, si bien algunas entidades competentes son conscientes de la problemática, las gestiones realizadas no son suficientes, a la vez que no se cuenta con una base de datos oficial que permita evaluar su magnitud.