La Corte Constitucional ordenó al representante a la Cámara Miguel Polo Polo ofrecer una disculpa pública al Colectivo de Madres de Falsos Positivos (MAFAPO) por haber retirado de manera abrupta la exposición artística “Mujeres con las botas bien puestas”, presentada en el Congreso de la República en noviembre de 2024.
Según el alto tribunal, el congresista deberá publicar en sus redes sociales una disculpa en la que reconozca la naturaleza legítima de la exposición, su valor como ejercicio de memoria de las víctimas del conflicto armado y el carácter inexacto de las afirmaciones que hizo sobre un presunto pago a las creadoras. El mensaje deberá permanecer visible por seis meses.
La decisión hace parte de la Sentencia T-375 de 2025, proferida por la Sala Séptima de Revisión, integrada por la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera —quien la preside— y los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y José Fernando Reyes Cuartas.
El fallo también ordena al Congreso de la República coordinar con MAFAPO y la Fundación Rinconesarte Internacional la reprogramación y reinstalación de la muestra artística en el Patio Rafael Núñez, garantizando condiciones de respeto, seguridad y visibilidad.
La exposición, compuesta por botas de caucho intervenidas con pintura, buscaba —según el pronunciamiento judicial— “dialogar con la institucionalidad, interpelar a la sociedad y dejar huella de la historia y el relato de las madres de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales”.
La Corte determinó que la actuación de Polo Polo, al recoger y desechar parte de la instalación sin consentimiento, vulneró los derechos a la paz, la dignidad humana, la verdad y la memoria histórica. Asimismo, consideró que el acto constituyó un “gesto de violencia simbólica” que afectó el proceso de construcción de memoria y el reconocimiento de las víctimas.
El tribunal señaló además que el arte cumple un papel fundamental como vehículo de memoria y verdad en los procesos de justicia transicional, y recordó que el derecho a la verdad tiene tanto una dimensión individual como colectiva.
Finalmente, la Corte dispuso que, si el congresista aún conserva las botas retiradas, deberá devolverlas al colectivo MAFAPO o a la Fundación Rinconesarte en un plazo máximo de diez días. En caso contrario, los jueces de tutela de primera instancia deberán conformar una mesa de concertación para definir la forma de restituir las piezas no recuperadas.