En una decisión histórica y dividida, la Corte Constitucional de Colombia falló a favor del presidente Gustavo Petro, al establecer que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no tiene competencia para investigarlo por supuestas irregularidades en la financiación de su campaña presidencial de 2022.

Con una votación de 5 a 4, el alto tribunal reconoció el fuero constitucional del jefe de Estado, protegiéndolo de actuaciones administrativas como la que adelantaba el CNE, y trasladó cualquier posible investigación a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, único órgano facultado para juzgar al presidente en ejercicio.

El caso se remonta a una pesquisa abierta por el CNE en 2024, tras denuncias sobre aportes no declarados a la campaña del Pacto Histórico. Entre las posibles irregularidades estaban:

Exceso en los topes de financiación establecidos por la ley.Aportes económicos no reportados provenientes de sindicatos como Fecode y la USO.Gastos omitidos en logística, transporte aéreo, publicidad y pagos a testigos electorales.

Aunque la investigación aún no había producido sanciones, el presidente Petro interpuso una tutela alegando que el CNE carecía de jurisdicción para investigarlo directamente.

¿Qué dijo la Corte?

La Corte concluyó que el Consejo Nacional Electoral puede investigar a campañas y otros responsables administrativos, pero no al presidente de la República mientras esté en ejercicio, pues goza de un fuero especial.

“La competencia para conocer de cualquier conducta atribuible al presidente de la República corresponde exclusivamente a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes”, dice el fallo.

En consecuencia, el CNE deberá remitir el expediente al Congreso dentro de los próximos cinco días hábiles. La decisión, tomada en una sentencia de unificación, sienta jurisprudencia y busca evitar futuros conflictos entre organismos del Estado.

La Comisión de Acusación deberá analizar los documentos y decidir si inicia un proceso contra el presidente.

El CNE continuará su investigación sobre otros miembros de la campaña presidencial, entre ellos el entonces gerente Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol.

El fallo exhorta al Congreso a legislar con urgencia sobre los conflictos de competencias entre órganos judiciales, administrativos y de control.

El presidente Petro celebró el fallo con un escueto mensaje en redes sociales: “Bien por la Corte Constitucional”. En contraste, desde sectores de oposición se alzaron voces críticas que señalan un posible debilitamiento del control electoral frente al poder presidencial.

El fallo también generó debate jurídico por haber sido liderado por el magistrado Vladimir Fernández, exfuncionario del Palacio de Nariño, aunque el tribunal no encontró impedimento formal para su participación.

La Corte Constitucional impidió que el CNE investigue directamente al presidente Petro por su campaña. Cualquier pesquisa deberá pasar por el Congreso, bajo el fuero constitucional. La investigación contra otros miembros del equipo de campaña sigue en curso.

Este episodio marca un nuevo capítulo en la tensión institucional entre órganos del Estado y plantea preguntas clave sobre los límites del poder de control frente al fuero presidencial.