Dado el incumplimiento de Colombia a la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH de garantizarle al exministro Saulo Arboleda la segunda instancia o impugnación, a la sentencia de única instancia que lo condenó por adjudicar una emisora radial, la CIDH decidió presentar este caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en Costa Rica. 

La Corte Interamericana actuará como juez y dentro de sus facultades están las de obligar al Estado de Colombia a reparar los perjuicios causados al exministro Arboleda; a incorporar los cambios en la legislación interna que le garanticen la impugnación o segunda instancia; y a no reincidir en esta violación.

A pesar de seis meses de prórrogas concedidas por la CIDH a petición del Estado Colombiano para cumplir su compromiso de garantizar la impugnación o segunda instancia, a sentencias de condena de única instancia, emitidas antes del 30-enero-2014 nada, en concreto, decidió Colombia al respecto.

Colombia solo permite la doble instancia o impugnación a sentencias de única instancia emitidas después del 30-enero-2014. A las sentencias emitidas antes de esta fecha, Colombia les viola el derecho fundamental de impugnar la sentencia condenatoriaque sin excepción alguna consagra tanto el artículo 29 de su Constitución Nacional, vigente desde julio-1991; como el artículo 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que entró en vigor en julio-1978 y garantiza el derecho a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior”.