El Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira admitió la demanda de nulidad electoral que presentó el ciudadano Clareth Enrique Ramírez Carrillo contra la elección de Cielomar Peñaloza de Lacouture como alcaldesa del municipio de Villanueva para el período 2024-2027.


La demanda fue radicada el pasado 19 de diciembre de 2023, dentro del término de treinta días hábiles que establece la ley, y cuestiona el acto electoral contenido en el formulario E-26 ALC del 4 de noviembre de 2023, expedido por la comisión escrutadora.


Según el demandante, la elección de Peñaloza de Lacouture estaría viciada de nulidad por haber incurrido en irregularidades durante la campaña electoral, como la compra de votos, el uso indebido de recursos públicos y la violación de las normas de publicidad política.


El Tribunal consideró que la demanda cumple con los requisitos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y que es competente para tramitarla en primera instancia, por tratarse de una demanda contra el acto de elección de un alcalde distrital.


El Tribunal ordenó correr traslado de la demanda a la Registraduría Nacional del Estado Civil, al Consejo Nacional Electoral, a la Procuraduría General de la Nación y a la alcaldesa electa, para que ejerzan su derecho de defensa y presenten las pruebas que estimen pertinentes.
Así mismo, el Tribunal fijó un término de diez días hábiles para que los ciudadanos que tengan interés en el proceso puedan intervenir como coadyuvantes o impugnantes de la demanda.


El Tribunal anunció que una vez surtido el traslado de la demanda y practicadas las pruebas que se decreten, procederá a dictar el fallo correspondiente, el cual podrá ser apelado ante el Consejo de Estado.