En una decisión clave dentro del proceso de Justicia y Paz, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, confirmó las restricciones de movilidad impuestas a Salvatore Mancuso Gómez e impidió su traslado de Bogotá a Montería, ciudad que el excomandante paramilitar solicitaba como nuevo domicilio alegando razones de salud y arraigo familiar.
Rechazada la apelación de Mancuso
El fallo, firmado por los magistrados Alexandra Valencia Molina, Oher Hadith Hernández Roa y Álvaro Fernando Moncayo Guzmán, resolvió de manera conjunta dos apelaciones: la del 27 de enero de 2025, en la que se negó el cambio de domicilio; y la del 6 de marzo del mismo año, que pretendía revocar la prohibición de desplazarse a departamentos donde Mancuso tuvo influencia criminal como Córdoba, Sucre, Bolívar, y Magdalena, entre otros.
La defensa de Mancuso argumentó que el clima de Bogotá afecta su estado de salud y que su permanencia en Montería, ciudad donde reside su red de apoyo familiar, sería benéfica para su recuperación física y mental. Mancuso sostuvo que no existe norma legal que impida su retorno a su ciudad natal, y calificó su restricción como una forma de «destierro interno».
El defensor recalcó que en las sentencias parciales contra Mancuso no se le había prohibido radicarse en zonas del país, y criticó que el juzgado de primera instancia decretara una valoración pericial de Medicina Legal en vez de acoger la historia clínica emitida por sus médicos tratantes privados.
Postura del Ministerio Público y representantes de víctimas
Por su parte, la Procuraduría y algunos representantes de víctimas se opusieron férreamente al traslado. La Procuradora advirtió que la presencia de Mancuso en Montería podría revictimizar a quienes sufrieron su accionar durante el conflicto armado y disuadir su participación en procesos judiciales. También recordó que según el Decreto 3011 de 2013, los postulados no pueden residir en zonas donde habitan sus víctimas, en aras de garantizar la no repetición y la reparación efectiva.
Algunos apoderados de víctimas respaldaron el cambio por razones humanitarias, pero otros se alinearon con la posición institucional y recordaron que los exparamilitares deben demostrar compromiso con la verdad, la reparación y la no reincidencia para acceder a beneficios como el cambio de domicilio.
El Tribunal cuestiona compromiso real de Mancuso
La Sala señaló que no se evidencian condiciones que justifiquen modificar las restricciones actuales. Cuestionó además el cumplimiento de los compromisos adquiridos por Mancuso desde su deportación de Estados Unidos en 2024. De hecho, criticó que en ese momento Mancuso solicitó su deportación a Italia y no a Colombia, lo que, según los magistrados, evidencia una conducta evasiva frente a la jurisdicción de Justicia y Paz.
El Tribunal resaltó que durante el periodo en que Mancuso viajó a Montería entre noviembre de 2024 y enero de 2025, no se evidenció un control adecuado por parte del juzgado de ejecución de penas sobre sus desplazamientos. Tampoco se cuenta con información clara sobre su participación en los programas de reincorporación de la Agencia para la Reincorporación y Normalización (ARN) ni sobre sus acciones como supuesto «gestor de paz», rol anunciado por el Gobierno en 2024.
El fallo subraya que Montería fue uno de los epicentros del paramilitarismo y que la presencia de Mancuso allí tendría un fuerte impacto simbólico y emocional sobre las víctimas. “No se trata de una discusión de clima o altura sobre el nivel del mar”, advirtió la Sala, sino del derecho de las víctimas a no ser revictimizadas. En Córdoba, se calcula que al menos 50.000 personas fueron víctimas del conflicto armado, muchas de ellas por responsabilidad del paramilitarismo que lideró Mancuso.
Una decisión sin más recursos
La decisión del Tribunal es definitiva. No procede ningún recurso adicional, y el expediente fue devuelto al Juzgado Penal del Circuito con función de Ejecución de Sentencias de las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, que seguirá siendo el ente competente para cualquier trámite relacionado con la libertad, movilidad o seguridad de Mancuso.