El trámite penal que involucra al excónsul honorario de Polonia en Colombia, Luis Fernando Acosta Osio, atraviesa una fase prolongada de indefinición. La investigación, relacionada con presuntos delitos de cohecho y tráfico de influencias, continúa sin que se haya logrado formalizar la imputación, en medio de una sucesión de aplazamientos y debates procesales.
La más reciente diligencia estaba programada para el martes 16 de diciembre ante el Juzgado 56 Penal Municipal con función de Control de Garantías de Barranquilla, instancia ante la cual la Fiscalía General de la Nación buscaba avanzar con la formulación de cargos. No obstante, la audiencia volvió a ser reprogramada, extendiendo un proceso que ya acumula más de dos años sin que se haya surtido el acto inicial de vinculación penal.
El origen del caso: la disputa por el control de la Unimetro
Los hechos que motivaron la solicitud de imputación están relacionados con el litigio por el control de la Universidad Metropolitana de Barranquilla (Unimetro). Este conflicto ya fue objeto de una decisión judicial de fondo: en 2021, la Corte Suprema de Justicia condenó al entonces senador del Partido de la U, Eduardo Pulgar, por el delito de cohecho, tras establecer que intentó sobornar con 200 millones de pesos a un juez del municipio de Usiacurí (Atlántico).
De acuerdo con la sentencia, el ofrecimiento de dinero buscaba incidir de manera indebida en una decisión judicial. Según la Fiscalía, esa actuación tenía como propósito favorecer los intereses de Luis Fernando Acosta Osio en el pleito familiar que lo enfrentaba con otro sector de su familia, liderado por su prima Ivone Acosta Acero, quien posteriormente fue reemplazada por Acosta Osio en el consejo directivo de la institución.
Desde 2016, Acosta Osio preside el consejo directivo de la Unimetro.
La Corte Suprema determinó que Eduardo Pulgar se valió de su condición de congresista para intentar influir de manera indebida en una decisión judicial, conducta por la cual fue condenado. La sentencia dejó constancia de que el soborno no fue un hecho aislado, sino un intento deliberado de interferencia en la administración de justicia.
El contexto de esa condena resulta relevante para el proceso actual, en la medida en que los hechos investigados por la Fiscalía se derivan de los mismos acontecimientos que ya fueron valorados por el alto tribunal.
Una imputación que no se concreta
Pese a la condena contra Pulgar, el proceso penal contra Acosta Osio continúa sin imputación formal. Esta diferencia en el avance de los procesos ha sido cuestionada por los representantes de las víctimas, quienes han advertido sobre el impacto institucional de las dilaciones y el riesgo de que el caso no alcance una definición de fondo.
La Fiscalía, por su parte, ha expuesto ante el juzgado una cronología de audiencias frustradas, aplazamientos solicitados por la defensa, cambios en la delegación fiscal y suspensiones que han impedido avanzar con la diligencia.
Uno de los episodios más relevantes ocurrió el 2 de diciembre, cuando Acosta Osio compareció a una audiencia desde una clínica, pese a encontrarse hospitalizado. El propio indiciado manifestó que asistió a la diligencia a solicitud de su abogado, mientras su defensa sostuvo que su estado de salud le impedía enfrentar una imputación formal.
El médico tratante indicó que Acosta Osio padece una pancreatitis crónica con posibles repercusiones sistémicas, incluida una eventual afectación cognitiva. No obstante, en los registros audiovisuales de la audiencia se observa al procesado orientado y con capacidad de responder a las intervenciones judiciales, circunstancia que fue puesta de presente durante la diligencia.
La intervención del juzgado y Medicina Legal
Ante las inconsistencias advertidas entre los certificados médicos aportados por la defensa y el desarrollo efectivo de algunas diligencias judiciales, la Fiscalía solicitó una valoración por parte del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. El objetivo de esta solicitud es determinar, con un concepto técnico e independiente, si el estado de salud de Luis Fernando Acosta Osio constituye una incapacidad real y actual que le impida comprender el alcance de una eventual imputación, o si, por el contrario, existen condiciones clínicas que permitan continuar con el proceso penal.
Durante la audiencia, el ente acusador expuso que las incapacidades médicas han sido el principal factor que ha impedido la formulación de imputación durante los últimos meses, lo que a su juicio hace necesaria una evaluación objetiva que permita diferenciar entre una condición médica legítima y una limitación procesal jurídicamente relevante.
La jueza de control de garantías tomó nota de las preocupaciones planteadas por la Fiscalía y de los señalamientos realizados por los representantes de las víctimas, quienes insistieron en el impacto que las dilaciones reiteradas han tenido sobre el avance del proceso. En ese contexto, la funcionaria judicial reconoció que el expediente ha enfrentado retrasos significativos y que resulta necesario adoptar medidas que permitan encauzar el trámite.
En consecuencia, el despacho ordenó reprogramar la audiencia con carácter urgente, condicionando su realización a los resultados de la valoración por Medicina Legal. La jueza precisó que dicho concepto será determinante para definir si existen razones médicas suficientes que justifiquen nuevos aplazamientos o si, por el contrario, el proceso debe continuar sin más dilaciones.
La decisión busca, según se expuso en audiencia, garantizar el equilibrio entre el derecho a la salud y al debido proceso del indiciado, y el deber del Estado de adelantar la acción penal dentro de plazos razonables, evitando que el paso del tiempo termine incidiendo de manera definitiva en la suerte del expediente.