Con un auto de alto impacto político y jurídico, la Corte Constitucional decidió suspender provisionalmente el Decreto Legislativo 1390 de 2025, mediante el cual el Gobierno había declarado el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional.
La determinación, contenida en el Auto 082 de 2026 (Expediente RE-387), no resuelve aún la constitucionalidad del decreto, pero congela sus efectos mientras la Sala Plena adopta una decisión de fondo. En términos prácticos, la Corte presionó el botón de pausa frente a una de las herramientas más poderosas del Ejecutivo.
El auto es claro:
“SUSPENDER PROVISIONALMENTE el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025 (…) hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional profiera una decisión de fondo.”
Esto significa que, desde ahora, el Gobierno no puede ampararse en la emergencia económica para dictar normas con fuerza de ley, una facultad excepcional que solo se permite cuando se cumplen estrictos requisitos constitucionales.
La decisión fue adoptada por mayoría y contó con la firma de las magistradas y magistrados Natalia Ángel Cabo, Carlos Camargo Assis, Juan Carlos Cortés González, Lina Marcela Escobar Martínez, Paola Andrea Meneses Mosquera y Miguel Polo Rosero.
El corazón del debate: ¿había realmente una emergencia?

La Constitución permite declarar estados de emergencia cuando existen hechos graves, sobrevinientes e imprevisibles. Justamente ahí se concentra la duda de la Corte:
¿La situación fiscal del país era una crisis repentina que justificaba saltarse el trámite ordinario del Congreso?
¿O se trataba de problemas estructurales que debían resolverse por la vía legislativa tradicional?
La suspensión provisional no responde aún esas preguntas, pero revela que las dudas son lo suficientemente serias como para evitar que el decreto siga produciendo efectos mientras se decide de fondo.
El Gobierno reacciona: advertencias y tensión
Desde el Ejecutivo, la respuesta fue inmediata. El presidente Petro calificó la decisión como un golpe a la capacidad del Estado para responder a la crisis y advirtió que las consecuencias las sentirá el país, especialmente en materia social y fiscal.
En el entorno gubernamental se insiste en que la emergencia buscaba proteger programas sociales y cerrar un hueco presupuestal que amenaza el funcionamiento del Estado. Para el Gobierno, la Corte no solo suspendió un decreto: interrumpió una estrategia de supervivencia fiscal.
La otra orilla: alivio y respaldo al fallo
En sectores empresariales, académicos y de oposición, la suspensión fue leída de forma distinta. Para ellos, la Corte actuó como freno institucional frente a una figura excepcional que, de no cumplir los requisitos, podría convertirse en una herramienta política más que jurídica.
Algunos congresistas aprovecharon el momento para subrayar un punto clave: el debate fiscal debe volver al Congreso, incluso si eso implica acuerdos difíciles y desgaste político.
Semanas decisivas
El fallo también deja ver que el debate interno fue intenso. Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade salvaron su voto, es decir, manifestaron su desacuerdo con la suspensión.
Por su parte, los magistrados Juan Carlos Cortés González y Natalia Ángel Cabo aclararon el voto, una figura que suele utilizarse para precisar el alcance de la decisión sin oponerse a ella.
Este detalle no es menor: muestra que la Corte no actuó de manera automática, sino tras una deliberación compleja sobre los límites del poder presidencial en estados de excepción. Ahora el país entra en un compás de espera. La Corte deberá emitir un fallo definitivo que puede tomar semanas y que abrirá tres escenarios posibles:
Según los expertos consultados explican. Si declara inconstitucional el decreto, la emergencia quedará anulada y el Gobierno deberá replantear su estrategia fiscal desde cero. Si lo avala, las medidas suspendidas podrían reactivarse y si condiciona su validez, se abriría una salida intermedia con límites claros al alcance del Ejecutivo.
Mientras tanto, el vacío fiscal persiste y el pulso entre ramas del poder continúa.
El efecto dominó: también queda congelado el decreto tributario
Horas después, la Corte emitió el Auto 084 de 2026 (Expediente RE-388), en el que abordó las consecuencias directas de la suspensión del decreto madre.
Allí dispuso que el Decreto Legislativo 1474 de 2025, que contenía medidas tributarias para financiar el Presupuesto General de la Nación bajo la emergencia, no producirá efectos mientras no exista una decisión definitiva.
“NO PRODUCIRÁ EFECTOS (…) el Decreto Legislativo 1474 de 2025 (…) hasta que la Sala Plena profiera una decisión definitiva respecto de la constitucionalidad.”
En otras palabras: sin emergencia, no hay impuestos de emergencia.
En este segundo auto, nuevamente los magistrados Carvajal Londoño y Fernández Andrade salvaron su voto, ratificando su desacuerdo con la línea mayoritaria.
Más que un trámite: un mensaje al poder Ejecutivo
Aunque la Corte insiste en que se trata de una medida provisional, el mensaje es contundente. El alto tribunal dejó claro que la urgencia fiscal no basta, por sí sola, para justificar un estado de excepción y que el control constitucional debe operar incluso —y sobre todo— en momentos de crisis.
Para el Gobierno, la decisión implica perder temporalmente una de sus principales herramientas para enfrentar el déficit presupuestal. Para el Congreso, reabre el debate sobre su papel en la discusión de reformas tributarias estructurales. Y para el país, plantea una pregunta de fondo: ¿hasta dónde puede llegar el Ejecutivo cuando invoca una emergencia nacional?
Ahora, la atención se concentra en la decisión de fondo que deberá adoptar la Sala Plena. Ese fallo definirá si el decreto de emergencia fue o no constitucional y marcará un precedente clave sobre el uso de los estados de excepción en Colombia.
Mientras tanto, el reloj corre sin emergencia, con decretos suspendidos y con un pulso institucional que vuelve a colocar a la Corte Constitucional en el centro del debate nacional.
Más que un decreto, una señal política
La suspensión de la emergencia económica no es solo un episodio jurídico. Es un reflejo del momento que vive Colombia: instituciones tensionadas, una economía presionada y un gobierno que busca margen de maniobra en medio de una fuerte polarización.
En ese escenario, la Corte habló primero. El Ejecutivo espera. Y el país observa cómo, una vez más, el equilibrio de poderes se convierte en el verdadero protagonista de la coyuntura nacional.