La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió una sentencia condenatoria contra el coronel retirado del Ejército Publio Hernán Mejía Gutiérrez, imponiéndole una pena de 20 años de prisión por su responsabilidad en crímenes de guerra y de lesa humanidad ocurridos en el Caribe colombiano a comienzos de la década de los 2000.
De acuerdo con la decisión judicial, Mejía Gutiérrez, quien se desempeñó como comandante del Batallón de Artillería N.° 2 “La Popa” entre los años 2002 y 2004, fue hallado responsable de dirigir y permitir el funcionamiento de un aparato organizado de poder que derivó en ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y otros graves hechos contra civiles, presentados posteriormente como bajas en combate.
La sentencia establece que al menos 72 personas fueron víctimas de estas acciones. La JEP determinó que los hechos no ocurrieron en el marco de enfrentamientos armados legítimos, sino como parte de un patrón sistemático de violencia que vulneró de manera grave los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
El tribunal decidió imponer la sanción ordinaria máxima prevista dentro de su competencia, sin otorgar beneficios como la suspensión condicional de la pena, prisión domiciliaria u otras sanciones alternativas, al considerar que el procesado no cumplió con los requisitos de aporte pleno a la verdad, reconocimiento de responsabilidad ni contribución efectiva a la reparación de las víctimas.
Además de la pena privativa de la libertad, la JEP ordenó una serie de medidas de reparación y no repetición. Entre ellas, dispuso que las entidades estatales continúen con las labores de búsqueda, identificación y entrega digna de las víctimas, así como la realización de actos públicos de reconocimiento y disculpas institucionales.
La sentencia también ordena al Ministerio de Defensa revisar y revocar condecoraciones u honores otorgados al oficial retirado relacionados con los resultados operacionales cuestionados, así como divulgar el contenido del fallo en medios de comunicación de alcance nacional y regional, e incorporarlo en los programas de formación en derechos humanos y derecho internacional humanitario de las Fuerzas Militares.
Este fallo se convierte en una de las primeras condenas emitidas por la JEP mediante un juicio adversarial, marcando un precedente dentro del modelo de justicia transicional implementado tras el Acuerdo de Paz. La decisión aún puede ser objeto de los recursos previstos en el ordenamiento jurídico de esta jurisdicción especial.